Rendición de Cuentas - Período Fiscal 2023

Rendición de Cuentas - Período fiscal 2023

Usar el Vínculo para Unirse o Digitalizar el QR

https://forms.cloud.microsoft/r/mqLv168qXQ?origin=lprLink

Rendición de Cuentas.- De acuerdo con el artículo 90 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana están obligados a rendir cuentas: las autoridades del Estado, electas o de libre remoción, representantes legales de las empresas públicas o personas jurídicas del sector privado que manejen fondos públicos o desarrollen actividades de interés público, los medios de comunicación social, a través de sus representantes legales.

qr rc 2023

Para los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).- De acuerdo con el artículo 12 de la Resolución No. CPCCS-PLE-SG-069-2021-476 10-03-2021 los Gobiernos Autónomos Descentralizados de los niveles provincial, cantonal y parroquial; y, las personas jurídicas creadas por acto normativo de los mismos para el cumplimiento de sus funciones, deberán implementar el proceso de rendición de cuentas de acuerdo a las siguientes fases, en complemento con lo establecido en las guías especializadas existentes para el efecto, y de acuerdo al siguiente cronograma.

Nuevo cronograma de Rendición de Cuentas por periodo electoral.- En virtud del proceso electoral en marcha para el Referéndum y Consulta Popular 2024, cuya campaña electoral se llevará a cabo durante el mes de abril, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aplicará el cronograma establecido para años electorales. Esta medida se ampara en el Reglamento de Rendición de Cuentas y su reforma (Resoluciones No. CPCCS-PLE-SG-069-2021-476 y CPCCS-PLE-SG-010-E-2023-0054) para lo que resta del proceso del periodo fiscal 2023, de conformidad con la Circular Nro. CPCCS-SNRC-2024-0001-C.

Actualización normativa: Reformas al proceso de Rendición de Cuentas.- El Pleno del CPCCS reformó el Art. 20 del Reglamento de Rendición de Cuentas (Resolución No. CPCCS-PLE-SG-031-0-2023-0176). A partir de ahora, para que el informe se considere cumplido, los sujetos obligados deberán finalizar el proceso en el sistema informático dentro del plazo legal, obteniendo el código QR. Además, es obligatorio garantizar la deliberación pública participativa, registrar todos los acuerdos en el Acta/Plan de Trabajo y asegurar que los links de verificación funcionen correctamente. La presentación de información incompleta o el desatender el proceso establecido será motivo de incumplimiento, lo que activará las acciones legales y constitucionales correspondientes por parte del CPCCS.

Fase Institucionales Art. 12

Del 01 de Eneroal 28 de Febrero
Del 01 de Abrilal 30 de Abril
Del 01 de Mayoal 31 de Mayo
Del 01 de Junioal 30 de Junio

Seleccione el año

El Registro de la Propiedad del cantón Puerto Quito, es una entidad con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, que opera sobre las bases jurídicas y cuyo objetivo es la prestación de los servicios públicos de inscripciones y certificaciones de los bienes inmuebles y más  afines, mediante el cobro de una tabla de aranceles, fijada en la ordenanza de creación.

INFORMACIÓN DE CONTACTO

Copyright © 2026 Registro de la Propiedad de Puerto Quito | Desarrollado por Unidad de TIC’s

Política de Cookies y Privacidad

En el Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Puerto Quito valoramos su privacidad. Utilizamos cookies propias y de terceros para garantizar el correcto funcionamiento del portal de trámites ciudadanos, realizar análisis estadísticos y mejorar su experiencia de usuario conforme a la normativa vigente. Más información

    Necesarias
    Preferencias

      Análisis
      Marketing

      Aceptar
      Rechazar