Aranceles

El Concejo Municipal del Cantón Puerto Quito

Art. 264, último inciso, de la Constitución de la República del Ecuador dispone que los Gobiernos Municipales en el ámbito de sus competencias y territorio y en uso de sus facultades. 

Art. 265 de la Constitución dispone que: “El sistema público de registro de la propiedad será administrado de manera concurrente entre el Ejecutivo y las municipalidades.

Art. 66, numeral 25 ibídem dice: El derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así como a recibir información adecuada. Leer más…

Resolución No. 002-NG-DINARDAP-2016

Art. 1.- Ámbito de Aplicación.- Esta tabla se aplicará en los Registros Mercantiles y Registros de la Propiedad con Funciones y Facultades de Registro Mercantil que actualmente se encuentran operando, así como los que se creen en el futuro.

Art. 2.- Objeto.- Establecer la tabla para el cobro de aranceles por los servicios registrales que prestan los Registros Mercantiles

Art. 3.- Trámites.- Los trámites que se generan en los Registros Mercantiles y Registros de la Propiedad con Funciones y Facultades de Registro Mercantil. Leer más…