Rendición de Cuentas 2025

RENDICIÓN DE CUENTAS 2025

De acuerdo con el artículo 90 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana están obligados a rendir cuentas: las autoridades del Estado, electas o de libre remoción, representantes legales de las empresas públicas o personas jurídicas del sector privado que manejen fondos públicos o desarrollen actividades de interés público, los medios de comunicación social, a través de sus representantes legales.

El Registro de la Propiedad de Puerto Quito invita a la ciudadanía a participar en el proceso de Rendición de Cuentas - Período 2025.

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Resolución No. CPCCS-PLE-SG-004-O-2026-003028-01-2026

Artículo 2.- Aprobar el Reglamento de Rendición de Cuentas, elaborado bajo los principios de seguridad jurídica, coherencia normativa y calidad metodológica, durante las Mesas Técnicas de Trabajo efectuadas el 8, 12 y 23 de enero de 2026.

Normativa

REGLAMENTO DE RENDICIÓN DE CUENTAS

CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL (CPCCS)

Art. 3.- Definición.-  La rendición de cuentas es un proceso participativo, deliberado, transparente, oportuno, claro y veraz, con información precisa, suficiente y lenguaje sencillo. Permite someter a evaluación de la ciudadanía la gestión y administración de recursos públicos. La rendición de cuentas se realizará una vez al año ante el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y su convocatoria será amplia, debidamente publicitada a todos los sectores de la sociedad, para lo cual deberá publicarse y difundirse oportunamente.

Cronograma - Fase Institucional Art. 13

FASE 1

Febrero y Marzo

1.- Planificación y Facilitación del Proceso desde la Asamblea Local

FASE 2

Abril

2.- Evaluación de la Gestión y Elaboración del Informe Institucional

FASE 3

Mayo

3.- Deliberación Pública y Evaluación Ciudadana del Informe Institucional

FASE 4

Junio

4.- Incorporación de la Opinión Ciudadana, Retroalimentación y Seguimiento

Documentación